Por desgracia, parece que la pandemia de Covid-19 ha llegado para quedarse, al menos a corto plazo. Por ello, es importante que los empleados conozcan sus derechos en el lugar de trabajo en relación con el Covid-19.
Pertinentemente, el 17 de septiembre de 2020, el gobernador Gavin Newsom firmó el proyecto de ley 685 de la Asamblea, que promulga la sección 6409.6 del Código Laboral, entre otras cosas. La sección 6409.6 del Código Laboral exige a los empleadores que, en el plazo de un día laborable tras recibir notificación de una posible exposición al Covid-19 en el lugar de trabajo por parte de un "individuo cualificado", notifiquen a los empleados de la exposición. La ley entró en vigor el 1 de enero de 2021. Estas son algunas preguntas comunes que recibimos sobre la sección 6409.6 del Código Laboral.
P: ¿Quién es un "individuo cualificado"?
R: Los empresarios tienen que notificar a los empleados la exposición a Covid-19 cuando un "individuo cualificado" pueda haber estado expuesto a Covid-19. Por "individuo cualificado" se entiende cualquier persona que tenga alguna de las siguientes características;
Confirmación de un laboratorio de que tiene Covid-19;
Un diagnóstico Covid-19 positivo de un profesional sanitario autorizado;
Una orden de un funcionario de salud pública relacionada con Covid-19 en la que se indique que debe aislarse; o bien
La determinación por parte de un departamento de salud pública del condado o mediante la inclusión en las estadísticas de Covid-19 de un condado de que ha fallecido a causa de Covid-19.
P: ¿Qué se considera notificación de una posible exposición al Covid-19?
R: Un empresario ha recibido legalmente un aviso de una posible exposición al Covid-19 cuando se produce cualquiera de los siguientes casos:
Un funcionario de salud pública o un proveedor médico autorizado notifica al empresario "que un empleado ha estado expuesto a una persona que reúne los requisitos en el lugar de trabajo";
Un empleado o la persona de contacto del empleado en caso de emergencia notifica a la empresa que el empleado es una "persona que reúne los requisitos";
El proceso de pruebas Covid-19 de la empresa revela que el empleado es una "persona que reúne los requisitos".
Un empresario subcontratado notifica al empresario que un "individuo cualificado" se encontraba en el lugar de trabajo del empresario.
P: Al recibir el aviso de una posible exposición al Covid-19, ¿a quién debe notificar el empresario la exposición y qué debe decir?
R: Al recibir la notificación de una posible exposición al Covid-19, el empresario debe notificarlo:
Todos los empleados en el mismo lugar de trabajo durante el periodo infeccioso:
Que pueden haber estado expuestos al Covid-19;
Con información sobre las prestaciones relacionadas con Covid-19 a las que el empleado puede tener derecho en virtud de la legislación aplicable, incluidas, entre otras, la indemnización por accidente laboral y las bajas por enfermedad disponibles.
Todos los empleados sobre el plan de desinfección y seguridad que el empresario tiene previsto aplicar y completar de acuerdo con las directrices de los Centros Federales para el Control de Enfermedades.
P: ¿Cómo debe notificarse la exposición a los trabajadores?
R: La notificación por escrito puede incluir, pero no se limita a, la notificación personal, el correo electrónico o el mensaje de texto si se puede prever razonablemente que el empleado la recibirá en el plazo de un día laborable desde su envío y deberá estar redactada tanto en inglés como en el idioma que entienda la mayoría de los empleados.
P: ¿Debe el empresario informar a un sindicato?
R: Sí. Los representantes de los trabajadores también deben recibir una notificación, incluidos los representantes sindicales.
P: ¿Puede mi empresa revelar que soy la "persona que reúne los requisitos"?
R: No. La empresa no debe revelar el nombre de la persona que reúne los requisitos a los empleados, ya que dicha información está protegida por ley.
P: ¿Qué debo hacer si se produce un brote de Covid-19 en mi lugar de trabajo?
A. Si sospecha que alguien en su lugar de trabajo ha contraído el Covid-19 o le ha expuesto a él de alguna otra forma, puede ponerse en contacto con un abogado para que le explique cómo sabe que ha habido exposición, qué notificación se ha proporcionado a su empleador y qué ha hecho su empleador para notificárselo y protegerle a usted y a otros empleados.
P: ¿Bibiyan Law Group maneja casos por violación de la sección 6409.6 del Código Laboral?
R: Si. Los abogados de Bibiyan Law Group, P.C. están a la vanguardia de la protección de los empleados contra la exposición innecesaria al Covid-19. Si tiene alguna pregunta con respecto a los protocolos de seguridad de Covid-19 de su empresa, o sospecha que ha habido un brote del que no se le notificó, puede llamar a Bibiyan Law Group al 323-693-8490 para obtener más información sobre sus derechos y ver si tiene un caso potencial.
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